EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA SANCIONA: La siguiente

ORDENANZA N° 1.009/91.-

 

ARTICULO 1°: Declarar de
interés municipal la Semana de las Bibliotecas Escolares en
Chacabuco.——————————————————————————

 

ARTICULO 2°: Registrar en un Video las actividades
desarrolladas por las Bibliotecas Escolares el que se girará a todas las
escuelas especialmente a aquellas que no cuenten con el cargo de bibliotecario;
dicho vídeo se difundirá por el canal Local para la comunidad para la
comunidad en general.————————

 

ARTICULO 3°: Los gastos que demande la aplicación
de la presente Ordenanza se imputarán a:

 

JURISDICCION I: Departamento Ejecutivo

FINALIDAD: Salud y Acción Social.-

 

ARTICULO 4°: Comuníquese al D.E. Municipal e
inscríbase.——————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.-