EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.143/92.-

 

ARTICULO 1°: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las
parcelas con frente a la obra, la ejecución de la ampliación de la red de
desagües Cloacales, en varias calles de esta Ciudad:

 

-DUBERTY e/Mitre y Pringles (ac. Impar) Expte. N°
4029-1951/92.-

-VICENTE LOPEZ e/San Lorenzo e Itazaingo (ac. par) Expte.
4029-2582/92.-

-DUBERTY e/Laprida y Liniers (ac. impar) Expte. N°
4029-1951/92.-

-A. DE VERA e/La Plata y Villegas (ac. impar) Expte. N°
4029-2119/92.-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-