EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.476/94.-

 

ARTICULO 1°: Convalidase el Decreto Municipal N°
464/94, donde se adjudica a la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda., la
ejecución de la obra: "AMPLIACION DEL ALUMBRADO PUBLICO DECORATIVO, EN
TREINTA CALLES DE ESTA CIUDAD" (Segundo Etapa), en las condiciones
establecidas en el Expte. N° 4029-3312/94.-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-