EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.524/95.-

 

ARTICULO 1: Convalidase el
convenio de celebración Interinstitucional celebrado e/esta Municipalidad y el
Instituto Provincial de Acción Cooperativa (I.P.A.C.) DE LA Provincia de Buenos
Aires.—————————

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO
.-