EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE

SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente

 

 

ORDENANZA 1909 /97

 

 

ARTICULO 1 : Autorizar al Consejo Municipal de la Familia y Desarrollo
Humano y Área de la juventud al uso del espacio público de calle Reconquista
e/ San Martín y Pueyrredon, el día 10 de agosto del cte. año a partir de las
14,00 hs. hasta las 19,00 hs.

ARTICULo 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal inscríbase .-

 

DADO : EN LA SALa DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO NOVENTA Y
SIETE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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