EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 1.999/98.-

 

 

ARTICULO: 1°: Crease la Comisión de Estudio de la
Zonificación según usos de la ciudad de Chacabuco, presentado por la
Secretaría de Tierras y Urbanismo de la Provincia de Buenos Aires, la que
tendrá por finalidad a elaboración de normas para su posterior consideración
por parte del H.C.D., de acuerdo a la legislación
vigente.—————————————–

 

ARTICULO 2°: Dicha comisión estará integrada por:

 

a)- Intendentes Municipal;

b)- Secretario de Obras Servicios Públicos;

c)- Subsecretario de Obras y Servicios Públicos;

d)- Directora de Urbanismo, Tierra y Catastro;

e)- Presidente del H.C.D.;

f)- Tres Concejales (uno por cada bloque);

g)- Dos representantes de Colegio de Ingenieros de Chacabuco;

h)- Dos representantes del Colegio de Arquitectos de
Chacabuco;

i)- Dos representantes del Colegio de Agrimensores de
Chacabuco;

j)- Un representante del I.B.E.D.;

k)- Un representante de la Cámara de Comercio;

l)- Dos representantes el Colegios de Martilleros de
Chacabuco;

ll)- Dos representantes de la Cooperativa Eléctrica de
Chacabuco.

 

 

ARTICULO 3°: Dicha comisión deberá expedirse, al
respecto, en un plazo máximo de un (1) año, a partir de la aprobación de la
presente Ordenanza

 

 

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-