EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.041/98.-

 

ARTICULO: 1°: Convalídase el contrato de locación
del inmueble ubicado en la ciudad de San Nicolás, con destino al alojamiento de
estudiantes becados, que el Departamento Ejecutivo Municipal celebra con fecha 9
de Julio de
1.998.——————————————————————————-

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO NOVECIENTOS
NOVENTA Y OCHO.-