EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

ORDENANZA 2142/99

ARTICULO 1º : Declárese de utilidad publica y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a títulos de dueño con frente a
la obra, la ampliación de la red de agua corriente en las siguientes calles:

C. Aloe e /H. Irigoyen y Olavarria (Ambas Aceras)

Zapiola e/ Cerrito y Soberanía Nacional (Ambas Aceras)

619 e /Av.Saavedra y Padre Doglia (Ambas Aceras)

Moreno e/ Tonelli y J. Ladaga (Ambas Aceras)

AB. Montesano e / C. Gardel e Insiarte (Ambas Aceras)

C. Gardel e/ Domínguez y Montesano (Ambas Aceras)

Padre Doglia e/ Artigas y 619 (Ambas Aceras)

D. Secondo e/ San Martín y Pueyrredon (Ambas Aceras)

 

ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.—

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-