EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA 2259/99

 

 

ARTICULO 1º: Autorizase a los integrantes de la
Sociedad de Fomento "Obras Sanitarias " sector oeste, la utilización
del espacio de las calles Domínguez entre Andrés de Vera y San Isidro
Labrador, San Isidro Labrador entre Domínguez y Montesano, Andrés de Vera
entre Domínguez y Montesano, Montesano entre Andrés de Vera y San Isidro
Labrador, el día 17/10/99 en el horario de 9 a 17,00
hs.——————————————————————————————————–

 

ARTICULO 2º: Dado que el otorgamiento del espacio público se debe a
un evento de jineteada, el Departamento Ejecutivo arbitrará los medios
necesarios para la seguridad del mismo.———————-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y NUEVE .-