2689

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.689/2001

ARTICULO 1°: Condónase la deuda anterior al año
2001 que por tasas municipales mantiene con el Municipio el propietario del
inmueble designado catastralmente como: Circ. I, Sec. J, Manzana 687 B, Parcela
2, Partida
25283-00.———————————————————————————————

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
UNO.-