2884

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la
siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.884/02

ARTICULO 1°: Declárase de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios ó poseedores a título de dueño con frente a
la obra, ampliación de Red Cloacal, en las siguientes calles de esta ciudad:

 

CALLE

ENTRE

ACERA

DOMINGUEZ

AVDA. ALSINA Y PARA. JUNTA

PAR

LINCH

ZAPIOLA Y ALBERDI

PAR

ALBERDI

LINCH Y VIDAL

IMPAR

ALBERDI

VIDAL Y BONINI

PAR

BONINI

ALBERDI Y OLAVARRIA

PAR

BONINI

ALBERDI Y OLAVARRIA

IMPAR

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO EN ASAMBLA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, A
LOS SIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DOS.-

EXPTE.NRO. 6.599/01