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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A N° 3.266/03

 

ARTICULO 1°: Autorízase a la Unión Vecinal Gral. José
de San Martín de Chacabuco, a la utilización del espacio publico de Plaza 5 de
Agosto, el día 26de octubre de 2.003, a partir de las 15 hs., para realizar
festival con el fin de recaudar fondos para proyectos comunitarios a realizar.-

ARTICULO 2: Los responsables de la organización del
festival deberán dar cumplimiento a lo dispuesto por la normativa vigente en
materia de venta de alcohol en particular a menores de edad.-

ARTICULO 3°: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el
cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios
públicos.————————————————————————–

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-

 

EXPTE.NRO. 7.974/03