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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

 

O R D E N A N Z A NRO. 3345/03

 

 

ARTICULO NRO. 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo
Municipal a suscribir convenio con el Registro Provincial de la Propiedad
Inmueble ( la Plata), a efectos de, dicho organismo delegue a la Municipalidad
de Chacabuco la participación de las etapa del proceso de afectación de inmueble
como " Bien de Familia", en el marco del Decreto Provincial Nro. 684/01 conforme
el siguiente detalle:

Recepción de la documentación pertinente.-

Certificación de copias.-

Formación de expedientes de afectación

Firmas de declaración jurada y del acta de afectación (
Suscripta por el registro).-

Rendición de la documentación.-

Asiento de la nota de afectación en el titulo de
propiedad.-

Suscripto el pertinente convenio el mismo será elevado a este
Cuerpo Legislativo a efectos de su convalidación.

ARTICULO NRO 2: EL Departamento Ejecutivo dictara la
normas de procedimiento a efectos de llevar a cabo el tramite en el ámbito de la
Municipalidad de Chacabuco.——–

ARTICULO NRO. 3: Facultad del Departamento Ejecutivo
a destinar personal Municipal y una dependencia administrativa para el
cumplimiento de los objetivos del convenio de
descentralización.———————————————————————————————

 

ARTICULO NRO 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase .—

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL TRES .-

 

EXPTE Nro. 8036/03

 

AUTOR: Dr. Mauricio Barrientos