EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO,
ACUERDA Y SANCIONA, la siguiente;

 

O R D E N A N Z A Nº 3.576 /04

 

ARTICULO 1º: Autorícese al Sr. Antonio Jiménez, en su
calidad de propietario del ——————— inmueble designado
catastralmente como: Circunscripción I, Sección F, Quinta 443 Parcela 7-C, del
ejido de Chacabuco, ubicado en Av. Juan Perón entre Leandro L. Alen y Av.
Elguea Román, a tramitar a nombre propio de tercero la Habilitación Municipal
de un establecimiento comercial destinado a al funcionamiento de una
Agroquímica, excepcionándolo de la Ordenanza de
Zonificación.———————————————————————————————

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.————————–

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE A LOS DOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑOS DOS MIL CUATRO.-

 

EXPEDIENTE º 8.541/04