EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A NRO. 4031/06

 

ARTICULO 1º: Convalídase el CONTRATO de Obra
Pública celebrado entre la Empresa ——————- NAMEN S.R.L. y esta
Municipalidad, en el marco de la Ley Provincial de Obras Públicas Nº 6021 del
Convenio marco del "PROGRAMA FEDERAL de CONSTRUCCION DE VIVIENDAS",
suscripto entre la Nación y la Provincia y el Convenio marco del "PROGRAMA
FEDERAL de CONSTRUCCION de VIVIENDAS CON MUNICIPIOS".-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————

DADO. EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, LOS VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL
SEIS.-

EXPTE NRO. 9.333/06