EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4049/06

 

ARTICULO 1º: Autorízase la excepción a la Ordenanza
de Zonificación según Usos Nº 2322/00 ——————— al Sr. Lavagnino
Omar Lelio, DNI 8.279.743
permitiéndosele el funcionamiento; previa
Habilitación Municipal, de un comercio en el rubro " Fabricación de
Tanques, Depósitos y Recipientes de Metal"
, en el inmueble designado
catastralmente como: Circunscripción I, Sección F, Manzana 449 c, Parcela 1a,
con domicilio en Acceso Hipólito Irigóyen Nro. 350 de nuestra ciudad.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDÓS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
SEIS.-

EXPTE NRO. 9.306/06