EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4.460/07

 

 

ARTICULO 1º: Autorízase al Sr. Julio Alberto
GESUALDO DNI 11.617.673
a construir ——————— según planos
obrante en el expte nro. 4029-4755/07, con excepción a la Ordenanza de
Zonificación en lo referente a la Densidad Habitacional; conforme la
documentación obrante en el Expte Administrativo Nro. 10.143/07.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL
SIETE.-

 

EXPTE NRO. 10.143/07