EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A NRO. 4.580/08

 

ARTICULO 1º: Autorízase a Productores
Autocovocados de Chacabuco
, al uso del espacio ———————
público en Plaza Gral. San Martín (frente al Palacio Municipal), a partir del
día jueves 8 al jueves 15 de mayo de 2008, en los horarios de 8:00 a 24:00 hs.,
con motivo de instalar una Carpa para informar a la población en relación al
paro agropecuario.

ARTICULO 2º: Ante cualquier inconveniente o accidente
que pueda surgir durante dicha ———————–manifestación, será
responsabilidad de los peticionantes.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ———————– Municipal, a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios públicos.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDÓS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
OCHO.

EXPTE NRO. 10.344/08.-