EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A Nº 5211/10.

ARTICULO 1º: Autorizase a la
"Dirección de Juventud"
el Uso del Espacio Público el corte de la Calle
Reconquista frente al Palacio Municipal, los días 5, 12 y 29 de Agosto del
corriente y el día 21 de Septiembre del corriente año,

ARTICULO 2º: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes que ——————–
puedan surgir durante lo peticionado.

ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes, al Departamento Ejecutivo ——————— Municipal a
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios públicos.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL DIEZ.

EXPTE. Nº 11.433/10.