EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA;
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5446/11

ARTICULO 1º: Autorizase a "Cooperativa
Eléctrica de Chacabuco Limitada"
(Sector ——————— Distribución
de Energía Eléctrica), el uso del Espacio Público para la Construcción de
Túneles Encamisado en PVC de alta densidad para la conducción de Líneas de media
tensión, en las siguientes Calles; 1ª Junta entre (San Martín y Moreno), Zapiola
entre (Buenos Aires y San Fe), Entre Ríos, Catamarca entre (Zapiola y Remedios
de Escala de San Martín), San Martín entre ( Catamarca y Alvear), Zapiola entre
( Falucho y Sargento Cabral), Alem entre Itúzaingo, Acceso Avenida Elguea Román
y Dr. Fernández. Para el mejoramiento de y ampliación de potencia de energía en
distintas Zonas.

ARTICULO 2º: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes que ———————
puedan surgir durante lo peticionado.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

———————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIA DEL MES DE ABRIL DEL AÑO
DOS MIL ONCE.

EXPTE. Nº 11.840/11.