EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA;
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5475/11

ARTICULO 1º: Convalídense los Decretos
Nros. 211/11 y 212/11, referente a la Oficina ——————— Municipal de
Defensa de Usuarios y Consumidores.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIA DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS
MIL ONCE.

EXPTE. Nº 11.879/11.