EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5553/11.

ARTICULO 1º: Otórguese el permiso de uso
Precario por un Plazo máximo de 5 años
al ———————
Colegio Madrigal
del Inmueble Designado Catastralmente;
Circunscripción; I, Sección; F, Manzana; 422 d, Parcela 7, con la finalidad
exclusiva y excluyente de uso con carácter educativo.

ARTICULO 2º: El Estado Municipal
se reserva el derecho se requerir la restitución del ———————
inmueble cuando lo considere oportuno, previa notificación de 60 días, no
generando dicho requerimiento obligación alguna hacia la Municipalidad de
Chacabuco.

ARTICULO 3º: El Colegio Madrigal
deberá colocar un Portón de Acceso en la ochava de la
——————— esquina del inmueble para permitir la utilización conjunta
del espacio verde entre la Institución y los Vecinos de la Comunidad.

ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo
establecerá las pautas de funcionamiento conjunto ——————– entre la
Institución y los Vecinos.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e inscríbase.

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS OCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL ONCE.

EXPTE. 11.858/11.