EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5623/11.

ARTICULO 1º: Autorizase a los "Sres.
Mario Bergaglio y Claudio Villaruel"
el uso del ———————
espacio público los días 18, 19 y 20 de Noviembre del año 2011, con motivo de
realizar el "Festival de la Movida Tropical", respetando los
horarios que se detallan en el Articulo Nº 2.

ARTICULO 2º: El día 18, hasta la 01:00
horas del día 19.

El día 19, hasta la 02:00 horas del día 20.

El día 20, hasta la 01:00 horas del día 21.

ARTICULO 3º: Es responsabilidad y
obligación de los organizadores, contar durante dicho ———————
Festival con Seguro de Espectadores y demás personas involucradas en el mismo,
también deberá contar con 4 Baños Químicos por lo menos.

ARTICULO 4º: Será responsabilidad de los
Peticionantes ante cualquier accidente o ———————- inconveniente
que pueda surgir durante el Festival.

ARTICULO 5º: Dicho espacio Público será
otorgada por este Concejo Deliberante previo pago ——————— de las
Tasas Municipales correspondientes.

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL ONCE.

EXPTE. Nº 12.076/11.