EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADESY ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA;
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5.642/11

ARTICULO 1º: Adhiérase la Municipalidad de
Chacabuco a lo establecido en el Decreto ———————- Provincial Nº
1316/10 que crea el Programa Provincial de Desendeudamiento de los
Municipios de la Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 2º: Convalídese en todos sus
términos el Convenio suscripto entre la ———————-
Municipalidad de Chacabuco y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el que
como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTICULO 3º: Autorízase al Departamento
Ejecutivo Municipal a practicar las modificaciones ———————
presupuestarias que correspondan derivadas de esta operatoria, las que deberán
ser comunicadas a este Cuerpo.

ARTICULO 4º: Envíese la presente Ordenanza
al Ministerio de Economía de la Provincia de ——————— Buenos Aires,
a los efectos de que proceda a tomar intervención de acuerdo a lo establecido en
las Leyes Nº 12.462 y 13.295.

ARTICULO 5º: Envíese oportunamente la
presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la ———————- Provincia
de Buenos Aires, conjuntamente con la intervención del Ministerio de Economía
Provincial, señalada en el articulo anterior y los requisitos establecidos en la
Ley Orgánica Municipal, a los efectos de que se expida sobre la presente
operatoria que por esta Ordenanza se propicia.

ARTICULO 6º: Dirígese, al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES
CONTRIBUYENTES, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.

EXPTE. Nº 11.662/10.