EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5722/12.

ARTICULO 1º: Amplíase el objeto otorgado a
los fondos obtenidos con la emisión de títulos de

——————– deuda municipal, efectuada a
través del "Fideicomiso Chacabuco" (art. 2 y cc. Ordenanza Nº 4931/2009 y sus
modif.), a los fines de adquirir y solventar todos los gastos para la
escrituración de un inmueble para la instalación de una antena destinada a
transmitir Televisión Digital a nuestra ciudad, por la suma de Pesos
Cuatrocientos Veinte Mil ($420.000,00).-

ARTICULO 2º: El
importe utilizado a los efectos del artículo 1º, será restituido al Fideicomiso
——————– a la finalización del ejercicio económico 2013.-

 

ARTICULO 3º:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS
DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DOCE.

EXPTE. Nº 12.289/12.