EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5.826/12

ARTICULO 1º: Autorízase a la
Dirección de Juventud
a la extensión del horario de

——————– culminación del Baile de los
Estudiantes, hasta las 6:00 hs.- El mismo se llevará a cabo en las instalaciones
deportivas del Club 9 de Julio, el día jueves 20 de Septiembre de 2.012, a
partir de las 23:30 hs.-

ARTICULO 2º: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes que ———————
puedan surgir durante lo peticionado.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO
DEL AÑO DOS MIL DOCE.-

EXPTE. Nº 12.525/12.