EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La
siguiente

 

O R D E N A N Z A N R O.
923/90.-

 

ARTICULO 1°: Otórgase al
SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MERCEDES SUCURSAL CHACABUCO, un espacio de terreno
en el Cementerio Local en forma gratuita con cargo de erigir un monolito
recordatorio para los trabajadores
fallecidos.—————————————————————————————————-

ARTICULO 2°: La Secretaría de Obras y Servicios Públicos, junto a
los señores designados por la Institución solicitante, evaluarán el lugar y
las dimensiones del terreno
requerido.—————————————————————————————

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.—

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA.-