EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº 6276/14

 

ARTICULO 1º: Condónese la deuda por “Tasa de Infraestructura Urbana y Social” (T.I.U.S.) correspondiente al período que va desde el mes de Febrero 2011 al mes de Diciembre de 2011 inclusive, que grava el inmueble, propiedad de “Asociación Miguel Máximo Gil”, con domicilio en calle Santa Fe Nº 130, de la ciudad de Chacabuco (B), cuyo número de medidor es identificado como: 00004875663.-

 

ARTICULO  2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE

 

Expediente Nº 12.493/12.-