EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  6.630/15

 

ARTICULO 1º: El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá que en los Membretes de la Papelería que se utiliza en todas las comunicaciones oficiales de la Municipalidad de Chacabuco, en sus dependencias, y en el Honorable Concejo Deliberante, se instrumente la impresión con la Leyenda “1816 – Año del Bicentenario de la Declaración de nuestra Independencia – 2016”.-

 

ARTICULO 2º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

 

Expediente Nº 14.343/15.-