EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A Nº 8199/19.

ARTÍCULO 1ºAutorícese a la Municipalidad de Chacabuco, el Uso del Espacio Público, y Corte de calle en intersección de Belgrano y Padre Doglia, de la ciudad de Chacabuco, el día 11 de septiembre de 2019, y en el horario de 09:45 hs. a 11:15 hs. Motivo: Acto Día del Maestro.

Artículo: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo del evento.

ARTÍCULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar  el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE. –

Expediente Nº 17.533/19