EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  8360/20

 

ARTICULO 1º: Autorícese a la Dirección de Juventud, y en representación de la misma al Sr. Tomás Salvatierra, en carácter de Subsecretaria, el Uso del Espacio Público en Plaza San Martín, los días 15, 22, 29 de enero y  5 de febrero de 2020, en el horario de 23:00 hs. a 1:30 hs. de los días posteriores. Motivo: Desarrollo del Programa de Verano “Medianoche en la Plaza”

Artículo: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar escenario y  equipo de sonido.

ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo de la actividad mencionada en el artículo anterior.

ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

 

Expediente Nº 17.790/20.-