EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA  Nº  8.566/20

ARTÍCULO 1º: Convalidase el Decreto Nº 736/20 del Honorable Concejo Deliberante, que estipula la prórroga por el plazo de Treinta (30) días, hasta el 30 de diciembre 2020, las Sesiones Ordinarias de este Honorable Cuerpo Legislativo, conforme lo normado por el Articulo 68 Inciso 3 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Inscríbase y archívese.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. SESIÓN NÚMERO NOVECIENTOS QUINCE.

Decreto Nº 736/2020