EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 8.623/21

ARTICULO 1º: Autorícese a Cafygmo S. A., y en representación de la misma, al Ing. Nicolás Rojas, el Uso del Espacio Público, en el local comercial de venta de pinturas y accesorios, sito en avenida Lamadrid N° 104, de la ciudad de Chacabuco, para instalar una columna de Publicidad, de Seis (6) metros de alto y cartel Bandera de Tres (3) metros de largo, por Un (1) metro de alto, ubicado en su parte superior, según croquis adjunto.

ARTICULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo de la obra mencionada en el artículo primero.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 920, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

 

Expediente Nº 18.308/21