EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  8.782/21

ARTICULO 1º: Condónese la deuda por tasas municipales, en concepto de Servicios Generales Urbanos, que mantiene el inmueble ubicado en calle Espora Nº48, de la ciudad de Chacabuco, perteneciente a Di Ninni, Armando Atilio, D.N.I. Nº:7.683.582, por un monto de $ 54.592,05 (pesos cincuenta y cuatro mil quinientos noventa y dos con cinco centavos), correspondiente a los períodos comprendidos entre el 1/2014 y 4/2021, inclusive. Partida Municipal Nº I- 2628400.-

Expte. Administrativo Nº4029-0991/21

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA Nº 929.-

 

Expediente Nº 18.521/21.-