VISTO: El reconocimiento como Jugador Más Valioso otorgado a Marcelo Piuma en el Cuadrangular Final del Torneo Federal de Básquetbol, y;

 

CONSIDERANDO: Que Piuma, nacido en Chacabuco, inició su carrera profesional en Argentino de la vecina ciudad de Junín, luego pasó por Independiente de Neuquén, Ciudad de Bragado, Unión de Santa Fe, Rosario Central, Adelante de Reconquista, Vélez, Ferro, Cerro Porteño de Paraguay, Olimpo de Bahía Blanca, Central Entrerriano, Caza y Pesca, Ameghino, Centro Español de Plottier y en 2019 se unió a Jáchal Básquetbol Club, de San Juan.

Que a sus 37 años fue determinante para que Jáchal se consagrara campeón del Torneo Federal y consiguiera su ascenso a la segunda categoría de la Liga Argentina de básquet, con una efectividad en tiros de cancha de 63% y promediando 23 puntos y 10.3 rebotes en tres juegos: ante Zárate Basket, 22 puntos y 8 rebotes; ante Comunicaciones, 26 puntos y 15 rebotes; y ante Pergamino Basket 21 puntos y 8 rebotes.

Que el ascenso de Jáchal es reconocido como un hecho histórico para el básquet sanjuanino.

Que, en el cierre del Cuadrangular Final del Torneo Federal de Basquetbol, llevado a cabo en Alta Córdoba, además de ser fundamental para la victoria y el ascenso de Jáchal Basquetbol Club, Marcelo Piuma se consagró como el Jugador Más Valioso (MVP).

Qué, actuaciones deportivas como las de Piuma llevan el nombre de Chacabuco a la cima de los torneos y competencias nacionales, por lo tanto, desde el Bloque de Concejales Juntos Por el Cambio creemos necesario realizar el reconocimiento pertinente.

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  8.838/21

 

ARTÍCULO 1º: Declárese a Marcelo Piuma como Personalidad Destacada del Partido de Chacabuco, por su aptitud deportiva, en el marco de la Ordenanza 6.220/14.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

 

Expediente Nº 18.706/21.-