EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA N° 8.859/21

ARTICULO 1º: Autorícese a la Municipalidad de Chacabuco, Dirección de Juventud, y en representación de la misma a su Directora Araceli Fernández, DNI: 37.942.929, el Uso del Espacio Público en Plaza San Martín, y corte de tránsito vehicular en las intersecciones de calles Belgrano y Sarmiento, Reconquista y San Martín y Av. Alsina y Moreno – Rivadavia, el día 25 de septiembre, en el horario de 15:00 hs a 19:00 hs. Motivo: Festival por el Día de la Primavera y del Estudiante “Festejos Cuidados”

Artículo: Autorizase a los solicitantes a instalar Gazebo, escenario y equipo de sonido.

ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo de la actividad mencionada en el artículo primero.

ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza  Nº  6.541/15.

ARTICULO  6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTÍCULO 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 932, A LOS VENTIDOS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

 

Expediente Nº 18.762/21