EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.034/22

ARTÍCULO 1º: Convalídese el contrato de locación celebrado entra la Municipalidad de Chacabuco y la firma OA Chacabuco SRL por el inmueble sito en calle Alberdi N.º 64 de la Ciudad de Chacabuco, por un término de 36 (treinta y seis) meses y un monto mensual de $44.500 (pesos cuarenta y cuatro mil quinientos para el primer año; para el segundo y tercer año de locación, el monto se fijará conforma al índice establecido por el art. 14 de la Ley N.º 27.551. –

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 942, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-

Expediente Nº 18.925/21