EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 O R D E N A N ZA  Nº  9.183/22

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal el uso de espacio público para la instalación de 1 (un) reductor de velocidad en calle Espora cercano a su intersección con calle Balcarce en sentido ascendente y su correspondiente señalización de acuerdo a lo determinado por la Dirección de Tránsito Municipal.

ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la actividad.

ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar                                 el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 949, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-

Expediente Nº 19.115/22