VISTO: que se acerca el día del Bombero Voluntario de la República Argentina, y;

 

CONSIDERANDO: Que el día del Bombero Voluntario se celebra cada 2 de junio, establecido por la Ley N.º 25.425 del año 2001, en honor al aniversario de la creación del primer cuerpo de Argentina, fundado en 1884 en La Boca por iniciativa de Tomás Liberti, vecino del barrio e inmigrante italiano.

La historia cuenta que, durante un voraz incendio, Tomás y su hijo Orestes organizaron junto a un grupo de vecinos una cadena humana para apagar las llamas que amenazaban propagarse rápidamente a las construcciones aledañas. Bajo el lema “querer es poder”, este suceso dio lugar al nacimiento del servicio de bien público y voluntario que cumple 138 años de vida.

En la actualidad el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios cuenta con más de 1000 asociaciones que nuclean alrededor de 43.000 bomberos y bomberas a lo largo y ancho del país que tienen por objetivo no solo combatir el fuego, sino también la atención de incidentes con materiales peligrosos, manejo y control de derrames y desastres químicos, salvamento de personas, rescate en montaña, trabajos de altura y rescate en accidentes de tráfico.

En toda la Argentina, los bomberos cumplen un importante rol social en la prevención y cuidado de sus comunidades. Los cuerpos de bomberos no solamente asisten en situaciones de emergencia como incendios o inundaciones, sino que también brindan capacitaciones y realizan acciones de difusión para promover sociedades más seguras.

Los cuarteles de Bomberos Voluntarios se financian a través de aportes públicos, establecidos en la Ley N.º 25.054 y la Resolución 170/2022 del Ministerio de Seguridad de la Nación; y de recaudaciones solidarias o de ventas por rifas o similares. Esta misma ley establece los objetivos de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, a saber: “(…) tendrán por misión la prevención y extinción de incendios y la intervención operativa para la protección de vidas o bienes que resulten agredidos por siniestros de origen natural, accidental o intencional.

Serán funciones específicas de las asociaciones de bomberos voluntarios: a) La integración, equipamiento y capacitación de un cuerpo de bomberos destinado a prestar los servicios; b) La prevención y control de siniestros de todo tipo dentro de su jurisdicción; c) La instrucción de la población, por todos los medios a su alcance, en lo relativo a la prevención de todo tipo de siniestros, tendiendo a crear una verdadera conciencia en tal sentido; d) Constituirse en las fuerzas operativas de la protección civil a nivel municipal, provincial y nacional;(…)”

En nuestra ciudad, la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chacabuco se fundó el 13 de septiembre de 1980. Su creación se debió a las circunstancias del momento, ya que en la provincia se había dispuesto el cierre de los cuarteles de bomberos profesionales y ante esto un grupo de vecinos decidió formar la entidad.

Además de la prevención y actuación ante incendios y accidentes, en nuestra ciudad cumplen una destacada función en capacitación. Uno de sus proyectos que más resaltan es el Plan Integral de Gestión de Riesgo en las Escuelas, programa que inició en el año 2016 con la relevación de 117 instituciones educativas y más de 3000 docentes de todos los niveles y que busca generar informes estadísticos para luego trabajar la gestión de riesgos en las instituciones.

La participación de los bomberos en la capacitación en prevención de nuestra sociedad es una constante, siendo así que esta fue uno de los puntos centrales en la jornada por la Semana Mundial para la Seguridad Vial que llevo a cabo la Municipalidad de Chacabuco el pasado 22 de mayo. Además, los vemos frecuentemente realizando estas formaciones en empresas privadas e instituciones públicas de la Ciudad.

Hoy la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chacabuco y su cuerpo es una de las entidades más reconocidas de nuestra ciudad, abocadas a desarrollar una de vocaciones más honorables y respetadas al estar siempre al servicio de la comunidad.

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA N° 9.208/22

ARTÍCULO 1º: Declárese, desde el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Chacabuco, de Interés Legislativo la jornada “Bomberos Por Un Día” que desarrollará la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chacabuco el día 5 de junio de 2022.

ARTÍCULO 2º: Felicítese, desde el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Chacabuco, en el marco del Día del Bombero Voluntario de la República Argentina al Cuerpo activo de Bomberos de la Ciudad de Chacabuco por su incansable y ejemplar trabajo al servicio de Chacabuco y la zona.

 ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 950, DEL DÍA PRIMERO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Expediente Nº 19.329/22