EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA N° 9.277/22

ARTÍCULO 1º: Indíquese con carteles la prohibición de estacionamiento y el correspondiente pintado del cordón amarillo frente a la Escuela de Educación Especial Nº 501 de nuestra ciudad sobre el lateral del edificio sobre calle Maipú.

ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá proceder a la señalización de dicho espacio según lo indicado en el Artículo 1º.

ARTÍCULO 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal el uso de espacio público correspondiente para la realización de dicha delimitación.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y a la Subsecretaría de Tránsito y Educación Vial a los efectos de dar cumplimiento a la presente.

ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 952, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Expediente Nº 19.441/22