EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA N° 9.492/22

ARTÍCULO 1º: Autorizase al Sr. Martin Lacentra, DNI 24.728.104, el Uso de Espacio Público para la colocación de un toldo de 3,2 metros de alto, 7,1 metros de largo y 3,8 metros de ancho, con columnas emplazadas a 0,8 metros de distancia del lado interno del cordón, sobre la vereda de calle Villegas Nº 375, de la ciudad de Chacabuco, donde se ubica un comercio de su propiedad, del rubro cervecería.

ARTÍCULO 2º: La presente autorización tendrá una validez de 2 años a partir de la promulgación de la presente con opción de renovación y caducidad si cesare la actividad comercial.
ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal controlará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación vigente, debiendo el peticionante realizar los trámites pertinentes ante la oficina municipal que corresponda.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 959, DEL DÍA NUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Expediente Nº 19.652/22