EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  9.522/22

ARTICULO 1º: Convalídese el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco y la Asociación de Lucha contra la Parálisis Infantil (A.L.P.I), a través del cual la institución cede para su uso a la Municipalidad, un espacio ubicado en la parte trasera de su edificio de la calle Remedios Escalada de San Martín Nº 209, para el funcionamiento de la oficina municipal de Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Cultura, Educación, Deporte y Juventud, desde la fecha de suscripción del convenio, hasta el día 31 de diciembre de 2023, pudiendo las partes prorrogarlo de común acuerdo.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 960, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Expediente Nº 19.771/22