EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.101/92.-

 

ARTICULO 1°: Convalídase el Convenio Celebrado
entre Municipalidad de Salud y Acción Social y Municipalidad, sobre
Cooperación y Coordinadora de Acciones en formación de Recursos
Humanos.————

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL DE JUNIO, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-