EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.186/92.-

 

 

ARTICULO 1°: Prorrógase a partir del día 1° de
Enero de 1993 y hasta el día 31 de Diciembre de 1993, el uso sin cargo del
inmueble Municipal ubicado en la intersección de las calles Cervantes y San
Luis de esta Ciudad, a la Subsecretaría de Trabajo- Delegación Chacabuco- de
la Provincia de Buenos
Aires.————————————————————–

 

ARTICULO 2°: La mencionada repartición se hará
cargo del pago del suministro de los servicios de electricidad, gas, teléfono,
como así también de los gastos de mantenimiento del
Edificio.—————————-

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE, DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-