EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA N° 1.189/92.-

 

ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a
firmar con la Dirección Provincial de Hidráulica, relacionado con la forma y
condiciones en que se ejecutará el relevamiento topográfico, estudio y
proyecto ejecutivo de la obra: "Saneamiento del Arroyo Las Saladas desde el
camino Ayarza- Castilla hasta Laguna "La Espada", Partidos de
Chacabuco y Chivilcoy, y que forma parte integrante de la presente
Ordenanza.———————————————————————————-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE, DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-