EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA N° 1.192/92.-

 

ARTICULO 1°: A partir del 1-1-93 la autorización
para la disputa de los Torneos Públicos de Juegos de Naipes los días Domingo
será otorgado por el Municipio a las Asociaciones Cooperadoras de los
establecimientos educacionales del Distrito dependientes del Concejo Escolar de
Chacabuco.——————————————————————-

 

ARTICULO 2°: La Subsecretaría de Acción Social
determinará en la forma que estime conveniente el Orden y Fechas de
realización de los eventos que se
programen.————————————————————–

 

ARTICULO 3°: En caso de que la fecha de los días
Domingo no sea utilizada por las Asociación Cooperadoras, la Subsecretaria de
Acción Social podrá acordar permisos a otras entidades de acuerdo a los
previstos en la Ordenanza N° 75/84 (Modificada por Ordenanza N°
1.108/92).————————————————————————————-

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE, DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-