ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO

ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA:
La
siguiente

 

 

ORDENANZA N°1.775 /96.-

 

 

ARTICULO 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo
Municipal, a publicar por los medios de información que considere más
apropiados, los listados de Deudores Morosos de Tasa por Servicios Municipales
al 30 de Diciembre de
1995.—————————————————————————————————-

 

ARTICULO 2°: Se incluirán en dicho listado aquellos
contribuyentes que adeuden más de tres años de servicios municipales y/o que
el monto de la deuda supere los dos mil pesos a la fecha establecida en el
articulo anterior.–

 

ARTICULO 3°: Para los contribuyentes que hayan
suscripto planea de pagos, en las modalidades previstas mediante Decreto y/o
ordenanzas en vigencia, se incluirán en los listados a publicar, los que se
encuentren caducos a la fecha de
publicación.——————————————————————————-

 

ARTICULO 4°: No comprenden dentro de la
autorización de la presente Ordenanza aquellos contribuyentes que están
incluidos en la Ordenanzas de eximición de pagos de tasas municipales, ni
aquellos acreedores del municipio, hasta el monto y fecha de las acreencias, ni
las deudas de las entidades de bien público reconocidas por la Municipalidad,
ni aquellos que se hallan iniciado gestión judicial, salvo que se encuentren
con sentencia firme y no tengan suscripto convenio de pago al
día.——————————————–

 

ARTICULO 5°: El Departamento Ejecutivo podrá
determinar el Orden de la publicación, teniendo en cuenta el tiempo de la deuda
y su monto, ordenándolos por dichos conceptos y por orden
alfabético.—————————

 

ARTICULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-