ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO

ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA:
La
siguiente

 

 

ORDENANZA N°1.816/96.-

 

 

ARTICULO 1: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios ó poseedores a título de dueño con frente a
la obra, la ampliación de la red de desagües Cloacales en las siguientes
calles:

 

1)- C. SOSA e/ Pringles y Mitre (impar).-

2)- CNL. SUAREZ e/ Conesa y Pintos (par).-

3)- ROCHA e/ Mitre y Pringles (impar).-

4)- BELGRANO e/ Azcuenaga y Viamonte (impar).-

5)- LA PLATA e/ Entre Ríos y Santa Fe (ambas aceras).-

6)- LAPRIDA e/ C. Sosa y Fuerza Aérea (impar).-

7)- VILLEGAS e/ Av. Alsina y Para. Junta (par).-

8)- MATHEU e/ Alvear y Catamarca (par).-

9)- A. DOMINGUEZ e/ Av. Alsina y Pr. Junta (par).-

10)- AZCUENAGA e/ Cervantes y Mitre (impar).-

11)- BUENOS AIRES e/ F. Oliden y A. Dominguez (par).-

12)- MATHEU e/ Córdoba y Catamarca (impar).-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-