EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.122/98.-

 

 

ARTICULO: 1°: Autorizar al DEPARTAMENTO Ejecutivo a
suscribir el Contrato de Comodato que adjunta como
Anexo.———————————

 

ARTICULO 2°: Recomendar la inclusión y/o
modificación de una cláusula que especialmente fije a cumplir por la
Comodataria gradualmente, dentro de los 24 meses, respecto a la dotación de
personal e inversiones.———

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————–

 

 

DADO: EN LAS INSTALACIONES DEL CLUB SARMIENTO DE LA
CIUDAD DE RAWSON PARTIDO DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE
NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-