EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.127/98.-

 

 

ARTICULO: 1°: Concédese al Señor Hugo Alberto
TOLEDO L.E. n° 4.972.779, domiciliado en calle B. De Irigoyen n° 279 de esta
ciudad a la explotación del Kiosco n° 2 ubicado en la intersección de Av.
Saavedra y Alte. Brown, esquina oeste, por el termino de dos (2) años, según
Ordenanza n° 2.021/98 a partir de la promulgación de la presente
Ordenanza.———————————————————————————–

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————–

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-